Llevan a los tribunales a Esperanza Oña por no acatar una sentencia del TSJA
La alcaldesa y los ediles del PP de Fuengirola podrían haber cometido un delito de prevaricación y otro de desobediencia
El PSOE ha presentado una querella contra Esperanza Oña y el resto de concejales del equipo de gobierno del PP en el Ayuntamiento de Fuengirola por votar a favor de no cumplir una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anula la Ordenanza Fiscal General de Subvenciones del consistorio del año 2004, según ha informado hoy en rueda de prensa el portavoz socialista en el municipio, Javier García León.
"Los concejales del PP con Esperanza Oña a la cabeza han dicho ante toda la ciudadanía que lo que digan los tribunales no vale para nada. Se han burlado del TSJA, desafiando al Estado de Derecho, primero convocando el pleno, después votando a favor de no cumplir una sentencia en firme y para rematarlo regocijándose ante los medios de comunicación de que harán justo lo contrario. Por este motivo, hoy mismo hemos presentado una querella criminal por la comisión de un delito de prevaricación y desobediencia contra todos los que votaron a favor de no respetar la ley, el derecho y las reglas del sistema democrático", ha explicado García León.
"Tengo que decir con tristeza que no es de recibo que nos obliguen a acudir constantemente a los tribunales porque no se respeten los derechos de los ciudadanos por parte de quien más responsabilidad debería tener en protegerlos", lamenta el portavoz socialista que recuerda que Oña acumula ya cinco sentencias condenatorias por negar información a la oposición.
"Los socialistas estamos a favor de la ley, de su cumplimiento, de estar dentro de las reglas del juego democráticas. El PP no tiene ninguna inmunidad especial y tiene que cumplir la ley como cualquier ciudadano", ha agregado.
García León ha explicado que recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anuló la Ordenanza Fiscal General de Subvenciones de 2004 del Ayuntamiento de Fuengirola que preveía bonificaciones fiscales a los empadronados en el municipio. Al mismo tiempo el TSJA también anulaba la disposición final de la ordenanza del Impuesto de Bienes Inmuebles, que preveía un aumento del 43% en el IBI y su aplicación retroactiva desde el 1 de enero cuando la propia norma entró en vigor el 29 de ese mes